Imagen de archivo de un juicio.
5 junio, 2025
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense en la que condenó a un año de cárcel a un repartidor de pizza por un delito de agresión sexual ocurrido en 2023 al besar sin consentimiento a una menor de edad.
Los magistrados explican en la sentencia, contra la que cabe recurso ante el Supremo, que la menor pidió una pizza a domicilio, que fue entregada por el acusado y que, una vez hecha la entrega, éste, «con conocimiento de su edad, y aprovechando que se encontraba sola», le dijo que «era muy guapa» y, con ánimo libidinoso, la cogió por la cintura y le dio dos besos en la cara.
A continuación, los jueces consideran acreditado que el acusado le pidió un tercer beso, a lo que la menor se negó, pero el acusado le volvió a dar otros dos. Finalmente, la víctima consiguió cerrar la puerta de la vivienda y llamó por teléfono a su madre.
La Sala indica que la valoración que hace la Audiencia de la prueba practicada “es razonable y ajustada a las reglas de la lógica” y añade que el testimonio de la víctima, así como las declaraciones hechas por su madre y por la propietaria del establecimiento donde trabajaba el investigado, que dijo que le reconoció los hechos, son «creíbles y sustancialmente coincidentes».