30 octubre, 2024
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 20.000 euros a la pareja de un hombre que falleció tras sufrir un infarto en el centro de salud de Lalín, en Pontevedra, en 2019. La sentencia destaca que la vida del paciente podría haberse prolongado si su situación hubiera sido evaluada inicialmente por un médico y no por personal administrativo.
Según los hechos recogidos en la sentencia, en septiembre de 2019, el hombre acudió a urgencias del centro con dolor abdominal, testicular y náuseas. Sin embargo, fue atendido por una administrativa que no informó a la médica de sus síntomas específicos, lo que retrasó la valoración médica. En lugar de recibir atención urgente, el paciente fue derivado a la sala de espera para que aguardase a ser atendido entre los pacientes con cita. Finalmente, el hombre decidió regresar a su casa y volver más tarde con una cita programada.
Al presentarse nuevamente en el centro de salud, el paciente se desmayó en la sala de espera. A pesar de recibir atención inmediata y de la movilización de un helicóptero del 061, el hombre falleció tras 45 minutos de intentos fallidos de reanimación.
El TSXG concluye que se produjo una «pérdida de oportunidad» debido a la falta de comunicación adecuada entre la administrativa y el personal médico, lo cual impidió que se evaluara la gravedad de los síntomas de manera urgente. La sentencia subraya que, aunque la administrativa apuntó la asistencia como urgente, no transmitió los detalles de los síntomas a la médica, lo que podría haber dado lugar a una intervención inmediata.
La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.