
22 noviembre, 2025
Se acerca una fecha ilustre, 6 de diciembre, día de la Constitución Española y festivo nacional. No fue hasta 1983 cuando el 6 de diciembre se estableció oficialmente como festivo en toda España. Además de un momento en el que proliferan conmemoraciones palaciegas y se moldean bronces insignes ¿qué alcance va a tener realmente en la conciencia de la ciudadanía? ¿Se ha consolidado como una jornada de reflexión o simplemente se trata de una ocasión más en la que el español medio aprovechará para hacer las maletas? De esta consideración no queda exento el ciudadano, ya que es el pueblo español donde reside la soberanía nacional y la iniciativa popular. Es el pueblo y solamente el pueblo quien delega sus poderes en los representantes elegidos para gobernar. Que nadie se lleve a engaño pensando que esa prerrogativa corresponde a otros. En absoluto.
El día de la Constitución no solo conmemora la aprobación de la norma suprema del ordenamiento jurídico, sino que también debería servir como recordatorio de que el diálogo, el consenso y el respeto a los derechos fundamentales deberían estar por encima de los intereses políticos.
Debemos remontarnos al 2 de mayo de 1808 para recordar el episodio más ilustre de explosión y manifestación de la voluntad popular y, por consiguiente, del ensalzamiento de la soberanía nacional. En un alarde de valentía sin precedentes, sumergida España en intrigas palaciegas, estando cautivos el rey y el heredero, el pueblo español exteriorizó sin precedentes una exhibición de manifestación de soberanía, noble y leal consigo misma, lo que desembocó en un proceso constituyente con España sometida al invasor y reducida a la Real Isla de León y Cádiz. La Constitución de Cádiz supuso el paso de la monarquía absoluta a una monarquía con un parlamento representativo. Fue todo un símbolo de la soberanía nacional. Eran inevitables los cambios sociales sobre unas bases totalmente abusivas y arbitrarias.
En 1812 España entró en la modernidad política, social y jurídica. Con la Constitución de Cádiz alcanzamos la titularidad de un catálogo de derechos fundamentales y libertades públicas, la garantía de la separación de poderes y, lo más importante: que la soberanía nacional debe residir en el pueblo. No voy a analizar los derroteros por los que a duras penas transitó nuestro país en los siglos XIX y XX, pues sobrepasaría con creces los límites de este artículo, por lo que haré un salto del espíritu de 1812 al espectro de la España actual.
Afianzar éxitos y objetivos sociales, políticos o normativos no debería ceñirse únicamente a su logro u obtención, sino que también deberían existir mecanismos políticos para consolidarlos, afianzarlos o custodiarlos con dedicación apostólica. ¿Qué queda del espíritu de 1812? ¿Cómo nos va con los derechos y libertades públicas? ¿Disfruta nuestro país de una separación de poderes con buenas constantes vitales? Y por último, y no menos importante, ¿representa realmente el mapa de nuestro campo político el verdadero sentir de la soberanía nacional? Ahí lo dejo y que cada cual saque sus propias conclusiones.
Es palmaria una necesidad imperiosa de someter a debate y consideración política la situación actual de las instituciones, su eventual modernización, supresión o vigencia. Seguramente para muchos nunca será bueno el momento presente para llevar a cabo todas estas reformas y ajustes, pero lo que es meridiano es la exigencia de materializarlas. Hay quien recurrirá a los ejercicios espirituales de San Ignacio de Loyola apelando a que, durante momentos de crisis o tribulación, no se deben tomar decisiones drásticas o irreversibles. Entonces, ¿cuándo será el momento adecuado?
La Constitución Española está en ciernes de cumplir el medio siglo, plazo más que suficiente para evaluar las necesidades que pudiese abordar una eventual reforma, ya que el tejido social, político y económico de hoy es completamente distinto al de los años setenta del pasado siglo. Inmovilismos aparte, un instrumento de las reformas y avances constitucionales, además de ser una modalidad de defensa democrática, lo es también de salud constituyente.
No son pocas las propuestas susceptibles de reforma constitucional que cuentan con una aplastante mayoría social, tales como la remodelación, mejora y/o supresión de las instituciones y la descomunal infraestructura política, como por ejemplo configurar nuestro sistema parlamentario como unicameral siguiendo a nuestra Constitución de 1812 y a la de 1931; la potenciación de los instrumentos de democracia directa tales como el referéndum y la iniciativa popular; regular constitucionalmente las promesas electorales estableciendo consecuencias por su incumplimiento y, en último lugar, someter a examen el fortalecimiento de los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos, a la vista del desorbitado descuadre sociológico existente en la actualidad con la España de 1978.
En resumidas cuentas, una nación democráticamente avanzada no debería ser aprensiva a la hora de abordar una revisión y subsiguiente reforma constitucional a fin de normalizar la situación política para las próximas décadas, pues la mayor parte de la sociedad lo agradecería con creces, ya que supondría un aval de bienestar material para toda la población y un acomodo constitucional para las nuevas generaciones de españoles sedientas de esperanza.