El Juzgado de lo Penal número 4 de A Coruña ha condenado a la encargada de un supermercado de Melide (A Coruña) a 20 meses de prisión por cometer cuatro delitos de acoso laboral y lesiones psíquicas. Además, la sentencia incluye una indemnización de 51.000 euros para las víctimas.
Asimismo, el grupo empresarial Gadisa ha sido condenado como responsable civil subsidiario, lo que obliga a la empresa a cubrir los gastos derivados de la atención sanitaria de las víctimas, quienes requirieron atención psiquiátrica y psicológica durante aproximadamente dos años.
Según la sentencia, la dirección de Recursos Humanos de Gadisa tuvo conocimiento de estos hechos desde 2018, pero decidió defender a la encargada en lugar de tomar medidas correctivas. La magistrada destaca que, cuando las trabajadoras afectadas informaron al delegado de área sobre la situación, este ofreció como únicas soluciones «trasladarlas a otro centro de trabajo en otra localidad» o «que se marcharan». La encargada, en cambio, fue mantenida en su puesto, donde continúa trabajando.
En una rueda de prensa, el secretario regional de la CIG-Servizos de A Coruña, Roberto Pérez, acompañado por dos de las trabajadoras afectadas, elogió la «valentía» de las empleadas al denunciar el caso. Durante el juicio, los abogados y testigos de la empresa intentaron desacreditar y culpar a las trabajadoras, sin éxito, lo que llevó a la jueza a condenar a Gadisa como responsable civil subsidiario.
La sentencia detalla que la encargada se dirigía de manera habitual a las trabajadoras con graves descalificaciones, ridiculizando sus acciones y palabras tanto frente a otros compañeros como a clientes. Utilizaba expresiones como «inútil», «analfabeta», «víbora» o «subnormal perdida», y llegaba a amenazarlas con frases como «te voy a canear» o «voy a mataros».
Además, las empleadas fueron obligadas a extender su jornada laboral y a participar en reuniones en las que la encargada se burlaba de ellas, utilizando términos insultantes como «aquí tengo unas mierdas, unas gallinas» o «al que no sigue mis pasos, le hacemos la vida imposible hasta que se aburra y se vaya».
La magistrada considera que estos hechos constituyen «actos graves, hostiles y humillantes» que, realizados de forma reiterada en el marco de una relación laboral, cumplen con el tipo objetivo de delito de acoso laboral. Aunque estos actos, considerados de manera aislada, podrían no parecer extremadamente graves, forman parte de un patrón de abuso sistemático que menoscabó la dignidad personal de las trabajadoras y les provocó un daño psíquico considerable.
Una de las trabajadoras desarrolló un trastorno de estrés postraumático y un trastorno adaptativo ansioso-depresivo, lo que requirió tratamiento psiquiátrico y psicológico durante más de un año y medio. Otra trabajadora, aunque ya no presenta secuelas, tuvo que someterse a tratamientos con antidepresivos y ansiolíticos, y a consultas continuas con psicólogos y psiquiatras durante más de un año.
Una de las empleadas relató que, tras cuatro meses de trabajo, se sentía inútil debido al trato que recibía, llegando a llorar tanto al llegar como al salir de su puesto. Según ella, «desde la empresa solo nos dijeron que los números eran buenos y que la encargada era eficiente». Otra trabajadora mencionó que los insultos eran constantes y que llegó a ser amenazada con «meterla debajo de una estantería si hacía falta».
Roberto Pérez subrayó que esta situación no es un caso aislado y que refleja un «estilo de dirección autoritario» promovido y defendido por la dirección de Gadisa. Las trabajadoras intentaron resolver el problema internamente, hablando en varias ocasiones con el delegado de zona, pero no se tomó ninguna medida para solucionar el conflicto.
Finalmente, Pérez afirmó que esta sentencia debería impulsar un cambio en Gadisa y su manera de actuar, instando a la empresa a establecer y aplicar protocolos internos de comportamiento adecuados.